Pero aquí en España no nos quedamos cortos, en una breve búsqueda por Google vi algunas sentencias, muy curiosas, y de paso me leí algunos comentarios de la noticia.
Periódico 20 minutos. Día 10 de febrero de 2008.
Por si no hubiera suficiente con los desacuerdos entre los padres, algunos jueces nos sorprenden de vez en cuando con sentencias tan ridículas como la que impide a un padre "duplicar los juguetes" que sus hijos tienen en casa de su madre.
En opinión del juez, no se deben duplicar los juguetes ni otros enseres de los dos niños mellizos, de 9 años- porque "durante las horas de descanso que pasan con el padre puede ser perturbador del reposo emplearlos fuera de su domicilio, donde conviven con la madre".
Ya puestos, y con la misma lógica (ninguna...) el juez podría haber dictaminado que tampoco tenga la misma comida, ni los mismos muebles, ni que cuando estén con el padre vean los mismos programas de TV que cuando están con la madre, y, ¿por qué no? que el padre no le hable en castellano a sus hijos puesto que también lo hablan con la madre. Quizás este inteligente juez podría proponer el esperanto como idioma para el padre con los hijos... De locura. Este juez ha dictado una SENTENCIA DE ESCLAVITUD del padre por debajo de la madre, de manera que la madre está dominando la vida del padre. Es decir, la madre le dice al padre lo que puede o no hacer con su vida. ¿No están separados? ¿Por qué tiene que seguir bajo el yugo de alguien que ha usado una ley, que se supone que está para proteger a las mujeres maltratadas DE VERDAD, en beneficio propio, para obtener una cuantiosa pensión? Bueno, y no hablemos de que le diga que trabaje más para pagarle más a sus hijos. Este juez quiere que un trabajador trabaje más horas de las legalmente permitidas para que la madre tenga una pensión de lujo. Habrá que tener cuidado porque aunque la pena de muerte está abolida en España, si a esta madre se le pone, es capaz de pedir que se la apliquen al padre... Padres, ya sabéis, pedirle permiso a vuestra ex-pareja antes de ir al mercado a comprar algo. Cuidadito con qué pasta de dientes compráis, no sea que la tenga ella en su casa y si le huele la boca a los niños perdáis el régimen de visitas... ¿Igualdad? No, vuelta a la tortilla. No sé para qué tenemos una Constitución... Esto es algo
parecido a la xenofobia: todos los hombres son malos mientras no se demuestre lo contrario. Y como no dejan demostrarlo... Como diría Forges: País...
Periódico El Economista. Día 17 de septiembre de 2009.
Así lo declara el Tribunal Supremo en una sentencia del pasado 1 de junio en la que reitera lo sostenido por la Sala sentenciadora de instancia, según la cual "los hechos enjuiciados no constituyen el delito acusado de usurpación de estado civil, en tanto que ésta se ha producido en una sola ocasión y este delito tiene una vocación de permanencia incompatible con los hechos probados".
La mujer estaba divorciada del recurrente y había sido disuelto, pero no liquidado, el régimen económico matrimonial de gananciales, manteniéndose el uso común para el uso de ella y de sus cuatro hijos, hasta que éstos fuesen mayores de edad. Sin embargo, la demandada fue al notario para otorgar una escritura de préstamo hipotecario con la garantía del referido piso.
Como ella sólo era titular registral dominical al 50%, se presentó una tercera persona, aparentando ser su esposo, titular del otro 50%, sin que éste estuviera efectivamente presente en tal otorgamiento, y sin que se averiguara quién fue efectivamente el que le suplantó. Realizada la escritura de hipoteca, otorgada ficticiamente a favor de los cónyuges, esa tercera persona, haciéndose pasar por el marido ante el propio notario, otorgó un poder general a favor de la mujer de amplísimas facultades para realizar todo tipo de operaciones, incluida la disposición de los bienes.
Está claro, nuestro país sufre "DEMENCIA PORCINA" variedad de gripe que afecta especialmente a las clases dirigentes. Esta variedad se manifiesta mediante síntomas de estupidez aguda, cinismo cósmico, incultura estratosférica, cobardía ulcerosa, bajísimos niveles en sangre de: responsabilidad, honradez, lealtad, sentido común, y valentía. Otros síntomas son: ansiedad por trepar (cual primate) soberbia con los inferiores, docilidad con los superiores, odio a la verdad, risa histérica ante la justicia (vamos, descojone total). Y otras afecciones de menor importancia. Todas estas, hacen que la gran mayoría de los que la sufren acaben como una "MIERDA".Existen dudas razonables de que este extremo sea consecuencia heredada de sus creadores y que la "DEMENCIA PORCINA" no sea más que una disculpa a estos efectos.
2 tiene(n) algo que comentar.:
Lo más gracioso, en general, es que siempre son ellas las que CAMBIAN de marido por uno con un piso más grande
PAÍS
Pues en estos casos, eso no es lo peor.
Según la ley de violencia de género, una agresión a una mujer no tiene porque ser demostrada. Vale con su declaración, sin pruebas y sin testigos, para obtener una condena de carcel para el marido. Y no, no estoy hablando de coña. Es más, no hace falta agredirla. Insultar a una mujer tiene penas de hasta 1 año de carcel. Eso si, si te insulta ella a tí, es una falta administrativa leve.... ¿aún te sorprenden estas condenas? Casi parecen hasta justas....
Vivir para ver....
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